viernes, 29 de enero de 2010

jueves, 30 de julio de 2009

Secuestro parental

Mi nombre es KRISTIINA GUSSEVA. Soy una mujer de Estonia residente en Madrid desde hace más de 5 años. Vine a Madrid hace 9 años para estudiar y aquí conocí al padre de mi hijo - JOSÉ WILFREDO PAJARES VELASQUEZ. Él es peruano. Tiene la carrera de Derecho pero nunca homólogo su título, durante los 9 años de permanencia en España. Durante ese tiempo, tan solo trabajó cinco años y en puestos que no correspondían con su nivel de estudios.Nuestra relación no sobrevivió pero tuvimos un hijo. JOSEPH ALFONSO PAJARES GUSSEV. Actualmente tiene 4 años y 5 meses ha nacido en Madrid y tiene nacionalidad española. Desde el principio le estaba criando yo. A raíz del fracaso de nuestra relación, tengo la custodia legal del niño y el padre tiene asignado un régimen de visitas y la obligación del pago de la pensión alimenticia, que ha sido incumplida durante más de 2años, hecho qué es delito penal. Hace 15 meses, el 28/10/2008, el padre se llevó a mi hijo a Lima, Perú, con engaños y mentiras, haciéndome creer que están a la playa de Alicante con los abuelos que habían venido de visita a donde llevo a Joseph sin ningún aviso previo. Al no tener ningún tipo de contacto con mi hijo y sin noticias de éste, demandé al padre. Sospeché que se había llevado a Joseph a Perú, a pesar de que tenía la prohibición de salir del territorio español sin el consentimiento expreso de ambos progenitores o en su defecto autorización judicial.Casi 2 meses más tarde, el 20/01/2009 salió la orden de restitución del menor a España desde Perú con notificación para que se localice al padre y al niño. Todas las posibles direcciones donde investigar fueron proporcionadas por mí.La autoridad Central de Perú en Lima es el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES). Esta Autoridad es responsable de las tramitaciones de restitución de los menores. Y lo tramitaron por vía administrativa con el Primer Juzgado Mixto del M.B.J. de Condevilla del Cono Norte de Lima enviándoles una demanda el día 16/04/2009 para la restitución del menor según Convención de la Haya. Esta ha sido dilatada en el tiempo y la Sra. J.Yamamoto de MIMDES ha declarado que son incapaces de restituirlo por falta de colaboración y pegas del Juzgado Mixto de Condevilla del Cono Norte de Lima. Aunque la solicitud fue admitida a tramite el día 10/07/2009, no prospera por haber el padre a su vez interpuesto 5 DEMANDAS contra mi. Reclama custodia del niño, alimentos y me acusa de abusos, chantaje y de violencia familiar. También puso una demanda de posible secuestro del niño.El 18/05/09 vuelo a Lima y me persone ante dicha Institución (MIMDES) para requerir información sobre lo que estaba pasando y tuve una cita el 19/05/2009 con la abogada, Jenny Yamamoto Umezaki y directora de menores del MIMDES y con la jueza Hilda Huerta Rios el 22/05/2009. La directora de menores tiene fama de incompetente. La Jueza desconocía la Convención de la Haya referente al secuestro interparental de menores. El pasado día 05/02/2009 MIMDES pidió a la INTERPOL en Lima la localización del padre y del niño, tarea que INTERPOL realiza con éxito. MIMDES envía a la casa de los abuelos a una funcionaria de los Servicios Sociales en donde se encontraba mi hijo y la abuela niega la existencia del niño en esta casa. Sin embargo se comprueba que el niño está en casa de los abuelos.Al tener el asunto judicializado por MIMDES, INTERPOL no puede intervenir sin una orden Judicial de detención del padre. También se tiene la sospecha como que se ha dejado caer cierto unto en el Juzgado, porque después de la cita que tuve allí, mi hijo ya no iba al colegio ni salía de casa de sus abuelos.Amplíe mi estancia en Lima, esperando que desde España saliese la orden de detención internacional del padre y así se me restituyese el niño. Pero la orden nunca llego. Juzgado de Instrucción nº 24 de Madrid envío el 27/05/2009 un rogatorio al Juzgado de Lima. Es incomprensible por que envían este tipo de rogatorias si según estadísticas de INTERPOL por esta vía rogatoria no se ha restituido ningún niño jamás. Además enviar este tipo de rogatorio no esta en competencia de Juzgado de Instrucción aparte que no la hemos pedido sabiendo la vía resolutiva. A pesar que en el Juzgado hay dos procedimientos penales. La Jueza de Juzgado nº 24 de Instrucción de Madrid justifico verbalmente a mi abogada la no emisión de una orden de detención internacional y extradición del padre secuestrador con el argumento: que no se puede privar de libertad a una persona en prisión provisional más tiempo que la mitad de la pena que le caería y eso sería lo que a su juicio tardaría la tramitación y ejecución de la petición de extradición. Sería más de lo permitido por ley. Aconsejaron a mi abogada buscar ayuda en medios de comunicación. Me parece más que lamentable que se están reconociendo los derechos del padre en cuanto a tiempo de prisión provisional, sin embargo, que el niño tiene anemia y que esté rodeado por personas totalmente desconocidas, en un entorno de penuria no le importa a nadie. Las consecuencias las está pagando en el niño con su salud física y mental, no el secuestrador.
Tras varios intentos de informar de caso en J.I. nº 24 de Madrid a través de mi abogada el 10/06/2009 se presento en el juzgado de instrucción nº 24 escrito por el que se suplicaba literalmente a la Jueza Maria Mercedes Pérez Barrios “orden de la detención internacional de D.José Wilfredo Pajares Velasquez, y que solicite mediante cooperación judicial internacional a las Autoridades competentes de Perú la inmediata detención y extradición del denunciado”.Tres meses mas tarde el 09/09/2009 la Jueza emite Auto con fallo que no puede emitir orden de detención internacional porque la pena impuesta sería inferior a 6 años y podría ser sustituida por una expulsión, se obvia que el demandado no tiene nacionalidad española cuando si la tiene concedía con nº DNI: 50996140. Se ha dejado el caso sin resolver denegando la detención internacional y extradición mediante providencia y sin embargo dio Auto de detención Nacional donde consta que el presunto secuestrador se encuentra en su país de origen con el menor. Por otra parte emitió el auto para archivo provisional del procedimiento penal contra D. José Wilfredo Pajares Velásquez “por que habiendo dado resultado negativo las gestiones realizadas para su localización.” Por imposibilidad de continuar la tramitación del presente procedimiento al no encontrar su paradero.Ni tampoco estaba dispuesta dar orden de arresto únicamente para restitución, cual fue el objetivo de solicitud en mayo. Lo que demuestra que la Jueza ha velado por derechos de secuestrador permitiéndole seguir con el maltrato hacia su hijo y la madre.De las cinco demandas que ha interpuesto mi ex en Juzgados de Lima contra mi solo me ha llegado uno - el de custodia. El 16/06/2009 recibí un sobre en mi casa con sello de Consulado Peruano con la demanda, interpuesta por el padre secuestrador, de custodia y tenencia del niño, fue presentada en el 2º Juzgado de Familia de Perú. Esta demanda esta llena de mentiras y falsedad e insultos contra mi persona y contra España. En ella se aduce amenazas por parte de ETA, la organización terrorista española hacia el padre. Parece increíble que se utilice amenazas falsas por parte de ETA mientras hay personas que mueren de verdad por atentados de esta organización. Así mismo compara el sistema educativo español con el de Armenia. Es patético que se conceda la nacionalidad española para que luego la vilipendien de esta manera. Se razona “que atravesando una grave crisis económica, España como Estado, en su ordenamiento Jurídico no brinda las garantías personales que se requiere en este caso para un menor, ni mucho menos para su padre progenitor por la situación especial de amenaza terrorista, por el desempeño del cargo político para cual fue electo en elecciones democráticas y aun siendo nacional de dicho estado.” Eso dice una persona que vive en casa de sus padres en uno de los barrios más peligrosos de Lima en una zona casi favelas. Teniendo mi hijo casi como un rehén recluido entre cuatro paredes.Mientras estaba en España siempre repetía que jamás llevaría su hijo a Perú, que por que el es un país muy atrasado con población con mente muy podrida y sin futuro. Y ahora se está aprovechando de las circunstancias. El 17/06/2009 la demanda fue enviada a la Autoridad Central de España – Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional Ministerio de Justicia y así mismo fue reenviada a MIMDES para que la demanda no siga adelante hasta que el niño este restituido. Hasta la fecha según mis últimas comunicaciones con Sra. Carmen García Revuelta, asesora legal del Ministerio de Justicia, perteneciente a la Subdirección Jurídica Internacional, no ha recibido ninguna contestación al respecto. Ni tampoco ha hecho algo para resolver el caso. Mejor decir que no ha hecho absolutamente nada más que enviar la solicitud de restitución el 20/01/2009 y con eso acaba su labor. Y para justificar su inactividad se alega de la misma manera que la jueza de J.I. nº 24 de Madrid solo que en este caso el que no tiene nacionalidad Española es mi hijo Joseph. Por lo tanto no procede insistir más en el asunto.
El día 09/12/2009 se libero el recurso apelación presentada en Audiencia Provincial de Penal de Madrid, en Sección 6ª. Se emite el Auto con objetivo que J.I. nº 24 debe resolver la petición sobre detención internacional y extradición de José Wilfredo Pajares Velásquez. Como la providencia del J.I. nº 24 de denegación a la detención internacional no tiene fundamento legal por que José W.P. Velásquez tiene nacionalidad española y “…en ningún caso cabria la sustitución de la pena por la de expulsión si no también por que no es motivo de denegación de una solicitud de detención internacional y extradición…aunque el denunciado fuese extranjero y pudiese en su día sustituirse la pena que pudiera imponerse por la de expulsión del territorio nacional, ello no es motivo para denegar la petición…”
Incluso después de recibir la notificación de Auto de Audiencia Provincial de Penal Sección 6ª para que resuelva el caso J.I. nº 24 no demuestran intención de agilizar el proceso.

Como las 5 demandas contra mi siguen en su curso en Juzgados de Lima y ya me han declarado como rebelde solo me queda esperar que dicten la orden de MI DETENCION Y EXTRADICION a Perú. Es alucinante como en busca de justicia y reclamando derechos de mi hijo permitan que juzgados de otro país decidan quien tenga razón cuando a mi me han atribuido la guardia y custodia de mi hijo. Y eso teniendo tratados y convenios firmados con España. Mis contactos peruanos que están muy concientes que viven en tercer mundo me han transmitido que les parece increíble que cosas que podrían ser muy normales en su país ocurrieran en España. Ellos pensaban que España es superior a su país pero ya no lo piensan como antes.Espero que no sea esta la JUSTICIA para nuestra sociedad pues las personas desprotegidas acaban viendo como se protegen a maltratadores y permitan que este tipo de situaciones se continúen.

Kristiina Gusseva

En Madrid a 25/01/2010

miércoles, 29 de julio de 2009

Union de los padres en la misma situacion es la fuerza

Estimados madres y padres,


Me dirijo a todos los padres y madres y a las personas que no carecen de empatia y están dispuestas a reflexionar en voz alta. Gracias a las personas que lucharon por derechos de sus hijos hace 7 años fue creada la “Asociación Para la recuperación de Niños Sacados de su Pais” con el objetivo de llenar los vacíos legales, y prevenir los secuestros interparentales protegiendo a los menores de ser utilizados como instrumento a nivel personal y de interés privado que atenta directamente a la dignidad del niño como ser humano, a su desvalorización e intransigencia dentro de la comunidad democrática.

Hasta su gran logro en 2002 cuando se aprobó la nueva ley de Código Penal con penas de dos a cuatro años de prisión para los progenitores que han secuestrado sus hijos, este delito estaba tratado como un delito de desobediencia.
Leyendo cada día más artículos sobre temas de secuestros por parte de uno de los padres y al ver como no avanza la restitución de mi propio hijo me siento en la necesidad de insistir para reforzar el Código Penal. Reforma que, lamentablemente fue lograda tras la muerte de una niña y gracias a la presión de otros progenitores que también fueron victimas del secuestro de sus hijos.

Actualmente en los artículos 103 y 158 del Código Civil se fija la prohibición de salir del territorio nacional de los menores pero ninguna autoridad lo controla. Realmente quien quiere puede salir aunque tenga prohibición de salida. Tampoco se pide autorización notarial en las fronteras como hacen otros países donde la circulación de personas es menor. Realmente es complejo controlar las salidas y entradas dentro de Unión Europea ya que la circulación de las personas es libre.
En este punto debería existir algún punto complementario para que artículos 103 y 105 tengan efectividad. Como por ejemplo exigir en todas las fronteras de Unión Europea una autorización de viaje a los padres que viajan con los niños tanto si viajan dentro como por supuesto fuera de la UE. Aunque sea un proceso largo se conseguiría proteger a todos estos niños que son sacados del país sin consentimiento.
Por otra parte según el artículo 225bis del Código Penal se penaliza a aquel progenitor que secuestra a su hijo de forma ilícita con una pena de dos a cuatro años de cárcel. A pesar de dicha condena no hay organismos responsabilizados en la ejecución de esta. Es mas, incluso cuando un Juez llegase a dictar la orden de detención del secuestrador, el progenitor secuestrador restituye al niño, a cambio de su libertad. En la gran mayoría de los casos los jueces se lavan las manos y no dictan esta orden de detención y extradición a España del progenitor secuestrador. Los padres que se ven privados de sus hijos están obligados buscar la justicia por su cuenta. Muchas veces iniciando procedimientos judiciales en el país donde se encuentra el niño y el secuestrador, estando totalmente desamparados por parte de las autoridades españolas y por ende, sin ninguna garantía de éxito. Mientras tanto el progenitor secuestrador puede vivir libremente y viajar escondiendo el niño sin que ninguna ley que le detenga y castigue.
Espero que no tengamos que esperar hasta que muera algún niño más para que se refuerce la ley. Únicamente los padres que se han quedado sin sus hijos pueden luchar para que se respeten los derechos del niño y los secuestradores no queden impunes. Hasta el momento nadie se preocupa por lo que tiene que pasar el niño quien ha sido arrancado de su hogar y de su núcleo familiar, poniendo incluso en peligro su vida, interfiriendo en su futuro sin meditar las consecuencias de orden material, moral y psicológico que le puedan ocasionar al menor. Las consecuencias de no dar importancia a estos asuntos se puede observar claramente en la sociedad. Para los delicuentes, España se ha convertido en un país donde se vive de lujo. Aquí los delitos salen gratis. Cuantos más delitos existan menor es la posibilidad de que se imparta justicia. No hay justicia. La policía no tiene poder para actuar y los jueces no ejecutan el poder que tienen, por carecer de medios tanto de personal como tecnológicos, sin mencionar que aquellas Comunidades autónomas que les han sido transferidas la competencia de Justicia, tienen sus propios sistemas tecnológicos de trabajo. Por eso los que van contra ley se ríen de la justicia, pagada por otra parte por la todos los españoles. Dentro de la UE España sigue teniendo la fama de estar a la cola, precisamente por no cumplir las leyes existentes.
Les ruego que no se pierdan la esperanza y reúnen sus fuerzas que les quedan para continuar esta lucha por nuestros hijos porque solo juntos podemos recupéralos y hacer reaccionar esta sociedad en donde vivimos.

Reciba un cordial saludo.

Atentamente,

Kristiina Gusseva
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